Queremos enseñaros a través de esta infografía como podemos evitar el despilfarro de los alimentos, ya que un 42 % de ese desperdicio lo generamos nosotros mismos. Leer más
¿Qué significa el etiquetado ecológico?
El “Etiquetado Ecológico” es el término que se ha establecido de forma legal en la normativa europea y que denomina a todos aquellos productos que proceden de la agricultura o la ganadería ecológica.
Tanto la agricultura como la ganadería ecológica se basan en el respeto al medio ambiente, al bienestar animal y al mantenimiento o incremento de la productividad del suelo utilizando técnicas tradicionales respetuosas con el entorno y que no utilizan productos químicos de síntesis.
Podemos observar que en los distintos países de la Unión Europea el término “ecológico” va variando.
Así, por ejemplo, en Reino Unido nos encontraremos con la palabra “organic”, en Francia con el término “biologique” y en Portugal se cambia por “biológico”.
Características de la agricultura ecológica
Las características principales de la agricultura ecológica son:
- Los tratamientos del suelo deben respetar la vida y la fertilidad natural del suelo;
- La prevención de daños debe basarse en métodos naturales pero para lo cual se permite utilizar un número limitado de productos fitosanitarios autorizados por la Comisión;
- Las semillas y los materiales de reproducción vegetativa han de producirse ecológicamente;
- Prohíbe cultivar organismos modificados genéticamente.
- Los productos de limpieza deben haber sido autorizados por la Comisión.
- Fomenta la reutilización de los desechos, el ahorro de agua y de energía, así como el uso de recursos renovables.
- También prohíbe utilizar el método de la irradiación para conservarlos.
Los productos vegetales silvestres que se recolectan en algunas zonas se clasifican también como productos ecológicos en la medida en que cumplan una serie de condiciones respecto a su recolección y su zona de procedencia.
Por ejemplo, las algas marinas pueden considerarse productos ecológicos si su zona de producción y su recolección cumplen una serie de condiciones.
Características de la ganadería ecológica
Por otra parte, las características que debe reunir la ganadería ecológica son:
- Favorece el bienestar de los animales.
- El ganado está la mayor parte del tiempo en libertad,
- Se alimenta con productos de agricultura ecológica.
- Las enfermedades se combaten con medicamentos homeopáticos o con fitoterapia.
- Los animales deben nacer y criarse en explotaciones ecológicas.
- Se llevan a cabo prácticas zootécnicas, por ejemplo en relación con ciertas características del alojamiento de los animales.
- Los métodos de reproducción de los animales, en general son naturales.
- Los piensos deben ser de origen ecológico.
- En la limpieza y desinfección se debe emplearse únicamente productos autorizados por la Comisión.
Cómo es el etiquetado ecológico
En el etiquetado, la publicidad o los documentos comerciales pueden figurar los términos «eco» y «bio» para caracterizar a un producto ecológico, sus ingredientes o las materias primas.
El etiquetado de un producto ecológico debe estar fácilmente visible en el envase y contener una referencia al organismo de control que certifica ese producto.
El 1 de julio de 2010, se implantó de manera obligada el uso del nuevo logotipo comunitario en todos los productos alimenticios producidos mediante agricultura ecológica.
Además en el mismo campo visual del logotipo deberá figurar el lugar de procedencia de las materias primas que componen el producto.
Fuentes:
- Legislación de la Unión Europea.
- http://www1.euskadi.net/guiaconsumo/frames_c.apl?n_tema=03
Cómo comprar carne de forma segura
Queremos daros algunas sencillas pautas que debéis seguir para comprar carne de forma segura para vuestros hogares o establecimientos hosteleros.
En primer lugar debéis fijaros en el color de la carne. Ésta debe tener el color propio de la especie y su olor debe ser agradable. También deberíais fijaros en la edad del animal.
Las carnes se clasifican según la especie animal a la que pertenezcan, según su edad y según su categoría.
La categoría de la carne sólo depende de la posición que ocupe el corte de la carne dentro del cuerpo del animal, y se diferencia de la calidad de la carne en que ésta depende de factores como el origen del animal y de su correcta manipulación.
La carne fresca en general debe estar refrigerada en el establecimiento en el que vayamos a realizar la compra, en especial las hamburguesas y las salchichas.
Recuerda que la carne de ave debe estar completamente separada del resto de las carnes, tanto en su exposición como durante su almacenamiento. Esto es porque las aves tienen una mayor prevalencia de Salmonella que el resto de carnes.
En cuanto a la carne picada, debemos exigir que se pique en el momento en el que la pidamos y siempre en nuestra presencia. A no ser que ya esté previamente envasada.
La carne picada
Si la carne picada la adquirimos envasada, debemos fijarnos que su etiquetado cumpla los siguientes requisitos:
- Número de identificación del animal o grupo de animales de los que proceda la carne o lote.
- País de sacrificio del animal.
- País en el que se ha elaborado el producto.
- País de origen si no coincide con el país de elaboración.
La etiqueta del envase de la carne picada se puede completar con otros datos no obligatorios:
- Fecha de picado.
- Número de autorización del matadero.
- Estado miembro o tercer país (país no perteneciente a la UE) en el que se encuentre el matadero.
- Número de autorización de la sala de despiece.
- Estado miembro o tercer país en el que se encuentre la sala de despiece.
- Estado miembro o tercer país de nacimiento.
- Estado miembro o tercer país de engorde.
El etiquetado de la carne
En lo que se refiere al etiquetado de la carne, concretamente la de vacuno, en el año 2002 entró en vigor el reglamento de la Unión Europea (1760/2000) que establece su sistema de identificación, registro y etiquetado.
Así que cuando compres este tipo de producto cárnico envasado te encontrarás con la siguiente etiqueta:
- Denominación comercial de la pieza (ternera, solomillo, cadera, tapa, morcillo, falda, … ).
- Lote o identificación del animal.
- Identificación de la sala de despiece y del matadero en el que se sacrifica.
- Sello de inspección veterinaria.
- País de nacimiento.
- Países de cría.
- Identificación de la empresa.
- Fecha de caducidad.
- Cantidad neta,
- Precio por kilogramo y Precio total
En cambio si compras carne sin envasar, el etiquetado que deberá haber en ella será el siguiente:
- Denominación comercial de la pieza.
- Lote o identificación del animal.
- Identificación de la sala de despiece.
- Identificación del matadero.
- País de origen.
- País de cría.
- Precio por kilogramo.
Cómo conservar la carne una vez comprada
Una vez llegues a casa con la compra de la carne realizada no olvides que debes conservarla en el frigorífico o en el congelador.
Hazlo siempre en recipientes cerrados para evitar la contaminación cruzada, en cuanto a olores, sabores y microorganismos por contacto o proximidad con otros alimentos.
La carne picada y las vísceras debes consumirla lo antes posible, y los embutidos te durarán más si los conservas en piezas enteras que partidos en lonchas, y han de conservarse siempre refrigerados.
En el caso de los loncheados tipo “Abrir y listo” se han de consumir lo antes posible una vez abiertos, ya que pueden proliferar bacterias del tipo de la Listeria monocitogenes.
FUENTE:
http://www1.euskadi.net/guiaconsumo/frames_c.apl?n_tema=03
Legislación sobre el etiquetado de los alimentos
Pese a que ya existía legislación sobre etiquetado de los alimentos en general y sobre etiquetado de distintos productos alimentarios en particular, el Real Decreto 1334/1999 aprueba la Norma General de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios con el objeto de adecuar la legislación vigente a la comunitaria en vigor.
El Etiquetado se refiere a las menciones, indicaciones, marcas de fábrica o comerciales, dibujos o signos relacionados con un producto alimenticio que figuran en cualquier envase. También es etiquetado el documento, rótulo o etiqueta que acompañan a dicho producto alimenticio.
Los principios generales de la norma exigen que
El etiquetado NO deba ser engañoso y SÍ debe ser claro sobre su contenido.
Por ello cualquier etiquetado en cualquiera de sus modalidades nunca podrá inducir a error al comprador, sobre todo en lo referido a:
– Las características, naturaleza, identidad, composición, origen, procedencia y modo de fabricación u obtención del producto alimenticio.
– Efectos y propiedades del mismo.
Atención a la presentación de los alimentos al consumidor, la publicidad.
Habrá que tener especial cuidado en la manera en que van a ser presentados al consumidor poniendo una cuidada atención tanto a la publicidad, como al aspecto que se dé al envase y al material usado para éste, así como a la forma y entorno en donde vayan a estar expuestos.
Indicaciones que deben aparecer en el etiquetado.
Un etiquetado que siga la norma a la perfección siempre irá acompañado por las indicaciones de la información obligatoria del etiquetado, que siempre figurarán en el envase o en una etiqueta unida al mismo. Estas indicaciones para el etiquetado son:
- Denominación de venta del producto.
- Lista de ingredientes.
- Cantidad de determinados ingredientes o categoría de ingredientes.
- Grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2 %
- Cantidad neta, para productos envasados.
- Fecha de duración mínima o la fecha de caducidad.
- Condiciones especiales de conservación y de utilización.
- Modo de empleo (cuando su indicación sea necesaria para hacer un uso adecuado del producto alimenticio).
- Identificación de la empresa: el nombre; la razón social o la denominación del fabricante, el envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea; y, en todo caso, su domicilio.
- Lote.
- Lugar de origen o procedencia.
Este Real Decreto sobre etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios ha sufrido distintas modificaciones hasta ahora con el objeto de adecuarse a la legislación comunitaria y a los nuevos conocimientos, y una de las modificaciones más interesantes es la que hace referencia a la obligatoriedad de incluir información sobre alérgenos y sustancias capaces de producir alteración en individuos intolerantes a ellos.
Un alérgeno es una sustancia capaz de producir una reacción de hipersensibilidad (alergia) en determinadas personas que previamente han estado expuestas a ella.
Una intolerancia se entiende como la condición por la cual un individuo no es capaz de asimilar determinada sustancia por un déficit metabólico o de otro tipo; por ejemplo la intolerancia a la lactosa y la celiaquía o intolerancia al gluten.
Tras la última modificación por el RD 1245/2008, debe indicarse si el producto contiene alguno de los siguientes ingredientes:
- Cereales que contengan gluten, como son el trigo, el centeno, la cebada, la avena, la espelta, el kamut o sus variedades híbridas, y productos derivados, a excepción de:
– jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa,
– maltodextrinas a base de trigo;
– jarabes de glucosa a base de cebada;
– cereales utilizados para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas.
- Crustáceos y productos a base de crustáceos.
- Huevos y productos a base de huevo.
- Pescado y productos a base de pescado, salvo:
– gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides;
– gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.
- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
- Soja y productos a base de soja, salvo:
– Aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados.
– Tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja.
– Fitosteroles y esteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja.
– Esteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa), salvo:
– Lactosuero utilizado para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas.
– Lactitol.
- Frutos de cáscara, es decir, almendras, avellanas nueces anacardos pacanas, castañas de Pará, pistachos, macadamias y productos derivados, salvo nueces utilizadas para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas.
- Apio y productos derivados.
- Mostaza y productos derivados.
- Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
- Dióxido de azufre y sulfitos > 10 mg/l de SO2.
- Altramuces y productos a base de altramuces.
- Moluscos y productos a base de moluscos.
Esperamos que estéis siguiendo esta norma, de lo contrario estaríais infringiendo la ley y podríais enfrentaros a sanciones económicas.
La responsabilidad de un buen etiquetado recae tanto en el productor como en el vendedor final y en caso de malas prácticas en el mismo ambos serían los sancionados.
Por ello, para evitar sanciones, y sobre todo para contribuir a la seguridad alimentaria del consumidor final consideramos que es fundamental que todas las empresas implicadas en este proceso de etiquetado sean conocedores de la norma y se asesoren con profesionales y expertos en la materia.
Por nuestra parte, estaremos encantados de ampliar la información al respecto que sea necesaria.
Consejos para enfrentarse a una «Ola de Calor»
Una “Ola de Calor” es una situación de calor intenso, con frecuencia húmedo y suele abarcar una zona geográfica extensa. Esta situación suele mantenerse durante varios días seguidos.
Los más propensos a sufrir la ola de calor son:
- Los niños menores de 5 años y las personas mayores de 65.
- Las personas que sufren de sobrepeso o están muy obesas.
- Las personas con una actividad que requiere esfuerzo físico en lugares con fuentes de calor (trabajos al aire libre, cerca de hornos, etc…)
- Las personas enfermas o que tomen determinados medicamentos.
Consejos a seguir en los días de calor extremo:
1. Beber mucha agua y líquidos SIN alcohol NI cafeína.
Los líquidos habrá que tomarlos en abundancia, especialmente si se realiza esfuerzo físico.
No se recomienda las bebidas alcohólicas o con cafeína porque aumentan la pérdida de líquidos, al igual que tampoco es recomendable tomar los líquidos excesivamente fríos ni azucarados.
Sí son recomendables las bebidas para deportistas que aportan sales minerales al organismo, éstas reemplazarían las pérdidas producidas por el sudor.
2. Come frutas y verduras con frecuencia y reduce los alimentos ricos en proteínas como las carnes.
3. Usa ropa apropiada.
Lo mejor es que la ropa sea ligera, no apretada y de color claro. Protege tu cabeza con gorra y tu cuerpo con camisetas, aunque estés haciendo deporte o jugando. Tus ojos también necesitan protección, usa gafas solares.
4. No olvides la protección solar.
Aplícate siempre crema con factor de protección solar 15 o más alto. Extiéndela 20 minutos antes de estar al sol y vuelve a aplicar cada 2-3 horas, y después de sudar mucho o bañarte.
5. Evitar las actividades en horarios de temperaturas altas.
En verano, de 12 de la mañana a 5 de la tarde procura estar a la sombra, el sol es muy intenso. Planea las actividades por la mañana o al atardecer
6. Evitar esfuerzos físicos innecesarios cuando esté haciendo mucho calor.
El ejercicio se comenzará de forma lenta y se irá aumentando gradualmente. Si te encuentras mareado o cansado hay que interrumpir la actividad y descansar en un lugar fresco o a la sombra.
7. Vigilar que los niños y ancianos tomen líquidos.
Se debe extremar la vigilancia sobre todo si están solos o enfermos. A partir de los 65 años comienza a perderse la capacidad de responder a los cambios de temperatura y la percepción de la sed puede verse alterada.
¿Qué problemas pueden producirse en una ola de calor y cómo se pueden tratar?
Cuando a causa del calor, el cuerpo ya no puede controlar su temperatura, ésta se eleva rápidamente y se produce lo que comúnmente se conoce como “Golpe de Calor”.
Los síntomas del golpe de calor son:
- Temperatura elevada.
- Piel roja, caliente y seca
- Pulso fuerte y acelerado
- Dolor palpitante de cabeza
- Mareo, náusea y confusión
- Puede llegar a la pérdida de conciencia
Para tratarlo, primeramente se ha de conseguir ayuda médica e intentar bajar la temperatura llevando a la persona afectada a un lugar fresco y aplicando agua en paños o ducha. Si la persona está consciente y vomita, hay que ladear su cabeza y mantener libres las vías aéreas.
También se puede producir “Agotamiento por Calor”. Sus síntomas son:
- Piel fresca y húmeda
- Pulso rápido y débil
- Respiración acelerada y poco profunda.
El tratamiento es el mismo que para el “Golpe de Calor”, pudiendo tomar líquidos que no sean bebidas alcohólicas. Sin tratamiento puede producirse un ataque cardíaco, especialmente si está enfermo del corazón.
Recuerda que todos los consejos anteriores son de carácter general, las recomendaciones específicas para cada persona te las puede facilitar tu médico.
Teléfonos de interés:
– Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) 900 161 161
– Centro de Coordinación de Emergencias (CCE) 112
Fuente: Dirección General de Salud Pública de la Generalitat Valenciana